Magdalena Leflet. Diplomada en Nutrición Humana y Dietética.
Hemos hablado de alimentación pero, ¿y los fármacos?, ¿pueden contener gluten?, ¿cómo puedo saberlo?
Pues bien, el Reglamento Europeo Nº 1169/2011 obliga a informar en el etiquetado de productos alimenticios la presencia de 14 sustancias que pueden causar alergia, entre las que se encuentran los cereales que contienen gluten (trigo, centeno, cebada, espelta, kamut, triticale y avena). Más concretamente, el Reglamento de ejecución Europeo Nº 828/2014 establece los requisitos a la hora de transmitir la información al consumidor sobre la ausencia o presencia de gluten en los productos alimenticios.
En el caso de los medicamentos, uno de los excipientes más utilizados para su fabricación es el almidón, el cual, puede derivar del maíz, de la patata o del arroz, cereales que no contienen gluten, pero en ocasiones deriva del trigo, que puede contener gluten.
La normativa actual obliga a declarar la presencia de gluten en los medicamentos. En el Artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2015, por el que se aprueba el texto refundido por la ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, se define excipiente como todo componente de un medicamento diferente al principio activo y del material de acondicionamiento.
Algunos ejemplos de excipientes incluyen lactosa, estearato de magnesio, edulcorantes, colorantes, almidones derivados de cereales.
En el Artículo 34 del Real Decreto 1345/2007 por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos, se obliga a declarar algunos excipientes en el etiquetado, el prospecto y la ficha técnica. Estos excipientes son los denominados “excipientes de declaración obligatoria” y serían:
- Almidón de maíz, arroz o patata. Los medicamentos que lo contengan deberá incluirlo en su etiquetado, prospecto y ficha con el fin de que el consumidor esté informado de la planta de donde procede. Este almidón al proceder de plantas que no contienen gluten sería apto para personas celiacas.
- Almidón de trigo, centeno, cebada, avena, triticale o sus derivados. Estos, en cambio, pueden contener gluten, por lo que debe incluirse en la información del medicamento con el fin de que las personas con enfermedad celiaca u otras patologías relacionadas con el gluten puedan evitarlo. En el apartado “composición” del prospecto, especificará la cantidad de gluten que contiene e incluirá la información correspondiente a si puede ser consumida por celiacos (en el caso en que el contenido sea inferior a 20 ppm de gluten) o no (si esta cantidad es superior)
Es importante tener en cuenta que en la composición del medicamento no aparece el gluten como tal pero sí el excipiente que lo contiene. A continuación incluyo un listado de los excipientes que pueden contener gluten y que son de obligatoria declaración:
- Almidón de avena
- Almidón de cebada
- Almidón de centeno
- Almidón de trigo
- Triticale
- Carboximetilalmidón
- Carboximetilalmidón sódico
- Carboximetilalmidón sódico tipo C
- Carboximetilalmidón éter
- Jarabe de almidón
- Otros derivados de almidón de trigo, avena y centeno.
- Almidón octenil succinato alumínico (E1452)
- Almidón octenil succinato sódico (E1450)
- Almidón octenil sulfosuccinato
- Acrilato de almidón injertado 300
- Almidón
- Almidón deshidratado
- Almidón hidrogenado parcialmente hidrolizado
- Almidón hidrolizado
- Almidón modificado
- Almidón sacarosa microesferas 20-25 malla
- Almidón soluble
- Almidón sucrosa
- Almidon texali
- Almidones hidroxietilados
- Harina de avena
- Harina de trigo
- Salvado de trigo
- Extracto seco de germen de trigo
Por último, resulta indispensable informar al personal médico o farmacéutico de que padeces en fermedad celíaca con el fin que se haga una correcta prescripción y dispensación de los medicamentos.
Medicamentos y gluten. Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.